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Habilitación de empresa para servicio colectivo o masivo

Registro De Tarjetas De Operaciòn

Descripción:

Es la autorización que se otorga a personas naturales o jurídicas, legalmente constituidas interesadas en prestar el servicio público de transporte terrestre de pasajeros en el Distrito Capital, previo cumplimiento de los requisitos legales exigibles.

Requisitos:

  • Solicitud dirigida a la Secretaría Distrital de Movilidad suscrita por el representante legal de la empresa.

  • Certificado de existencia y representación legal expedido con una antelación máxima de treinta (30) días hábiles, en el que se determine que dentro de su objeto social desarrolla la industria del transporte.

  • Indicación del domicilio principal, señalando su dirección. 

  • Descripción de la estructura organizacional de la empresa relacionando la preparación especializada y/o la experiencia laboral del personal administrativo, profesional, técnico y tecnólogo contratado por la empresa.

  • Certificación por parte del representante legal, sobre los contratos de vinculación de los vehículos que no sean de propiedad de la empresa, de los propios se indicará este hecho.

  • Relación del equipo de transporte propio, de socios o de terceros, con el cual prestará el servicio, con indicación del nombre y número de cédula del propietario, clase, marca, placa, modelo, número de chasis, capacidad y demás especificaciones que permitan su identificación de acuerdo con las normas vigentes.

  • Descripción y diseño de los colores y distintivos de la empresa.

  • Certificación por parte del representante legal sobre la existencia del programa y del fondo de reposición de los vehículos con que contará la empresa.

  • Certificación por parte del representante legal sobre la existencia del programa de revisión y mantenimiento preventivo que desarrollará para los equipos con los cuales prestará el servicio.     

  • Estados financieros básicos certificados de los dos  (2) últimos años con sus respectivas notas. Las empresas nuevas sólo requerirán el balance general inicial.

  • Las empresas que cuentan con revisor fiscal podrán suplir los estados financieros básicos certificados de los dos (2) últimos años con sus respectivas notas, la declaración de renta de los dos (2) últimos años gravables y la demostración del capital pagado o patrimonio líquido, con una certificación suscrita por el representante legal, el contador y el revisor fiscal de la empresa, donde conste la existencia de las declaraciones de renta y de los estados financieros con sus notas y anexos, ajustados a las normas contables y tributarias en los dos (2) últimos años y el cumplimiento del capital pagado o patrimonio líquido requerido. Con esta certificación, deberá adjuntar copia de los dictámenes e informes y de las notas a los estados financieros presentados a la respectiva asamblea o junta de socios, durante los mismos años.

  • Declaración de renta de la empresa solicitante de la habilitación correspondiente a los dos (2) últimos años gravables anteriores a la presentación de la solicitud, si por ley se encuentra obligada a cumplirla.

  • Demostración de un capital pagado o patrimonio líquido de acuerdo al valor resultante del cálculo que se haga en función de la clase de vehículo y el número de unidades fijadas en la capacidad transportadora máxima para cada uno de ellos, el cual no será inferior a trescientos (300) smmlv según la siguiente tabla: GRUPO A 1 smmlv 4 – 9 pasajeros (Automóvil, campero, camioneta) GRUPO B 2 smlmv 10 – 19 pasajeros (Microbús), GRUPO C 3 smlmv, Más de 19 pasajeros (bus, buseta). El Salario Mínimo Mensual Legal Vigente a que se hace referencia, corresponde al vigente en el momento de cumplir el requisito. La habilitación para empresas nuevas no estará sujeta al análisis de los factores financieros, pero sí a la comprobación del pago del capital o patrimonio líquido.

  • Copia de las pólizas de seguros de responsabilidad civil contractual y extracontractual.

  • Pago de los derechos del trámite.

  • Toda persona o empresa interesada en solicitar trámite de habilitación deberá estar previamente inscrita ante el RUNT.

"Expertos en trámites de tránsito y transporte en Cúcuta"

C.C Bolivar Local E-1 /Tel. 5762279 - 5840202

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